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Denuncia al BIRF

http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/EXTABOUTUS

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Estimados Señores de la oficina de Integridad Institucional del BIRF

El 8 de Julio del 2012 la Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SCEOCI) Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires convocó a una SELECCIÓN DE CONSULTORES POR PRESTATARIOS DEL BANCO MUNDIAL. INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS para el Programa de Desarrollo de la Inversión Sustentable en Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires. SERVICIOS DE CONSULTORÍA. Préstamos: BIRF 7472-AR

La Provincia de Buenos Aires, aunque aún no parece haberse ejecutado, dice haber recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), y se propone utilizar una parte de los fondos para los contratos de servicios de consultoría que a continuación se detallan.

El servicio comprende la ejecución el siguiente estudio: “Plan de Desarrollo de Marinas y Puertos Deportivos en el Río de la Plata y el Litoral Marítimo Bonaerense”

La consultoría tiene por objeto asistir a la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas del Ministerio de Infraestructura para formular un Plan Director de desarrollo de actividades fluviales-marítimas de carácter deportivo-recreativo abarcando el litoral fluvial del estuario del Río de la Plata desde el Puerto de La Plata hacia el Océano

y toda la franja costera del litoral marítimo bonaerense hasta Punta Redonda, en la desembocadura del Río Negro. (Posibles localizaciones: Magdalena – Atalaya, San Clemente del Tuyú, San Bernardo, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, Mar del Plata, Miramar, Necochea, Tres Arroyos – Claromecó, Monte Hermoso, Bahía San Blas; no descartando otras localizaciones);

a través de estudios de Ingeniería Portuaria, ambientales, hidráulicos, oceanográficos, económicos, financieros y legales-institucionales destinados a concebir un plan de desarrollo de puertos deportivos y marinas que permitan progresivamente incorporar nuevas infraestructuras e instalaciones para el desarrollo de actividades náuticas, recreativas, deportivas, económicas, de negocios, urbanísticas, inmobiliarias, entre otras.

Por ello, invitaron a los consultores elegibles a expresar su interés en prestar los servicios solicitados.

El plazo total estimado de las actividades de la Consultoría era de 10 meses, contados a partir de la fecha en que se suscribía el contrato de consultoría respectivo.

Los consultores serían seleccionados conforme al procedimiento de Selección Basada en Calidad y Costo, de acuerdo al folleto del Banco Mundial titulado Normas:
Selección y Contratación de Consultores por Prestatarios del Banco Mundial. Edición mayo de 2004, versión revisada en octubre de 2006.

Las expresiones de interés deberían ser recibidas en la dirección indicada a continuación, a más tardar el día 12 de julio de 2012 a las 12 hs.

Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SCEOCI) Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

Dirección: calle 45 entre 7 y 8, Tercer piso, Oficina 310, Corredor “E” Azul. Ministerio de Economía. La Plata, Código Postal 1900, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Hoy a cargo de la Lic. Agustina Pereyra.

Tel: 54-0221-429-4576 /4732 /4489 /4733 y 4735
Fax: 54-0221-429-4638
Correo electrónico: uco_dpoi@ec.gba.gov.ar

uco.dpoi@gmail.com

Portal: http://www.ec.gba.gov.ar/UCO/index.php

uluch

Este prestamo 7272 AR BIRF reconoce correlatos en el dec 3224/09

Y esta convocatoria a consultores reconoce la constitución de una comisión por Res. 167/12 del 5/11/12 del MINFRA, evaluadora de los trabajos presentados por las consultoras, que venían siendo reclamados por el BIRF

Sin embargo, es el propio Director Provincial de Hidráulica Ing. Mario GSCHAIDER, el que un 16 de Octubre del 2013, por nota al Intendente del municipio de Magdalena, le acerca el visto bueno para comenzar la construcción de las escolleras del puerto deportivo de Atalaya.

Impensable que este funcionario no supiera que las evaluaciones de las consultorías aún no habían sido aprobadas por el BIRF.

Impensable que este funcionario no supiera que no se había dictado la correspondiente resolución, disposición administrativa o decreto que diera la orden de arranque de obra de este proyecto.

Impensable que este funcionario no supiera que la ley particular que ordena el 2º párrafo del art 12º de la ley 25675 para dejar allí fundados los Indicadores Ecosistémicos y Ambientales Críticos (IECs y IACs), que orientaran la formulación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y así evitaran los consabidos cantos de sirena, aún no había sido legislada.

Impensable que este funcionario no supiera que sin esta ley particular bien específica, y sin los EIA y sin respetos a la ley 13569 que señala las formalidades a respetar en la audiencia pública a convocar, antes de hacer evaluaciones y declaraciones finales, nada de ésto que él ha permitido y avalado con su OK al intendente de Magdalena, había sido ejecutado. Ni mal, ni bien. Nada en absoluto.

Impensable que este funcionario no supiera que violar estos Procedimientos Ambientales ineludibles determinados por presupuestos mínimos a respetar en toda la Nación, representan una falta constitucional gravísima de la que tendrá que hacerse cargo, pues él mismo es quien convoca a estas consultoras y él mismo el que las esquiva.

Poco importa de dónde venga el dinero y si cuenta con aval vaticano. La responsabilidad provincial de materializar una obra que atenta contra los flujos de salida del arroyo Atalaya por conformación de un tapón termodinámico en una sarcofágica encerrona pretendidamente “hidráulica” en suelos con pendientes que apenas alcanzan los 4 mm de pendiente por Kilómetro, con aguas sustancialmente más frías que las que el pobre tributario intenta en vano sacar, quedan afectadas por estos gradientes térmicos insuperables que fundan la disociación con las aguas mareales que entran por ese largo corredor entre escolleras de piedra, sin opción alguna a moderar sus diferencias térmicas y precipitando en el curso interior del arroyo todos los sedimentos que vienen buscando salida al estuario para un larguísimo viaje, así frustrado.

El devenir endorreico de esta pequeña cuenca está garantizado por esta obra aberrante dispuesta por un violador serial de leyes, que incluso atenta contra sus propias solicitudes; tal el caso de esta convocatoria a consultores para estudiar las factibilidades e impactos de estos puertos deportivos.

Por ello solicitamos a esta oficina de Integridad Institucional del BIRF que tome nota de estas denuncias y alerte a las autoridades nacionales y provinciales con las que trata esta línea del Proyecto 7472 AR, para que impere el orden legal y la coherencia más elemental que cabe a estas relaciones.

Que no se resuelven con discursos como los del gobernador Scioli anunciando que se construirán una serie de puertos deportivos a lo largo de su extenso litoral marítimo en el marco del ambicioso plan de defensa de costas y recuperación de playas. Señalando asimismo la ministra Cristina Alvarez Rodríguez, que: “Este plan permitirá revertir el problema causado por la erosión marítima que disminuye las playas”.

Nada de ésto es cierto. Ningún plan, ni estudio de estas situaciones de erosiones costaneras se ha ilustrado y expresado como corresponde. Salvo las editadas por éste que suscribe y subidas a la web y aquí conforman ANEXO en el listado que al final sigue.

Ver este informe:

EVALUACIÓN DE OBRAS DE DEFENSA EN COSTAS DE DUNAS,MUNICIPIO DE LA COSTA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

de López Rubén A. y Marcomini Silvia C.

Sobre este tema de las erosiones costaneras y consiguientes responsabilidades caben destacarse las siguientes demandas en SCJPBA:

I 71413 Inconstitucionalidad de la Res. 349/09 de la AdA, visible por http://www.hidroensc.com.ar/playas5.html

y la I 72089 inconstitucionalidad de la ley 11206, visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte76.html y 3 html siguientes.

Esto es lo más específico que se ha expresado judicialmente sobre el tema de las erosiones de diatomeas y las transformaciones de derivas litorales en derivas de plataforma.

Apreciaría conocer cuáles han sido los antecedentes por lo que fueron elegidas las propuestas de las consultoras y qué respeto de los marcos legales han exhibido.

Petitorio

Solicito a las autoridades del BIRF por intermedio de su oficina de Integridad Institucional, que tome debida cuenta de esta denuncia y ponga en el congelador este proyecto 7472 AR hasta que estas situaciones se aclaren debidamente y la paralización de la obra del puerto deportivo de Atalaya sea la prueba de la disposición a cumplir con el dec 3224/09 y con la Resolución 167/12 del 5/11/12 del MINFRA, en la que, tras constituir una comisión evaluadora de los trabajos presentados por las consultoras que venían siendo reclamados por el BIRF, ahora con esta obra de las escolleras del puerto de Atalaya se dan a violaciones sin vergüenza de sus compromisos, sin respeto legal alguno en materia de procedimientos ambientales y administrativos y sin piedad del sistema de enlaces termodinámicos que pesan en la salida de ese pobre tributario cuyos flujos ya se muestran en estado catatónico.

En resumen:

Ninguna necesidad de escolleras de piedra tiene este puerto deportivo.

Ningún respeto a los flujos de salida del pobre tributario.

Ninguna necesidad tiene de violar todos los procedimientos ambientales y administrativos.

Ninguna necesidad tiene este ejecutivo de violarse a sí mismo.

Francisco Javier de Amorrortu, 22 de Abril del 2014

 

Ampliación de la denuncia

Estimados Señores de la Oficina de Integridad Institucional del BIRF

Acuso recibo de respuesta al INT Comm.... y amplio esta denuncia con la noticia de la presentación en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, de la demanda de inconstitucionalidad, causa I 73147, que recae sobre la Disp 96/10 del OPDS, Declaratoria de Impacto Ambiental del puerto deportivo de Atalaya, fraguada por dos irresponsables. Uno de ellos, el mismo titular de la DIPSyOH que fuera a solicitar Vuestra ayuda para los estudios de dinámica costera que fueran requeridos por el BIRF.

Demanda visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte141.html

Han pasado 22 meses de aquel 8/7/12 y el perentorio llamado de 3 días para concursar y 12 adicionales a los estimados 10 meses del trabajo estimado de la consultoría,

y sin embargo, de la información del concurso de consultoras para comenzar a evaluar estos temas “específicos” de dinámicas costeras y salidas tributarias que hasta ahora entre Coroli (DIPSyOH) y Jarsún (OPDS) se habían ocupado de eludir; aún hoy, nada sabemos, ni nos permiten saber.

De la comisión evaluadora constituída por esta Res 167/13 del SSCEOCI, tampoco sabemos nada. Llegan al extremo en esta SSCEOCI, de prohibir tomar vistas de la simple Resolución 167/13, con el argumento de estar amparada por una ilegal “confidencialidad”, propia de abusadores y ocultadores que merecen calificación tipificada en el inc 8º del art 173 del Código Penal de la Nación: Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideraran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece: Inc 8º el que cometiere defraudación, sustituyendo, ocultando o mutilando algún proceso, expediente, documento u otro papel importante.

Inútil fue recitarles el art 11 de la ley 7647 que exige ante simple solicitud verbal, dar vistas inmediatas sin necesidad de presentar nota por escrito; e indicarles que sólo cuestiones de Estado alcanzan el amparo del secreto, pero jamás una resolución administrativa; y mucho menos esta cuestión tan específica, que iluminaría nuestros conocimientos con la sapiencia de váya uno saber qué genios o qué vivos que anduvieran atrás de estos estudios de consultoras y comisiones evaluadoras de dinámica costera y salidas tributarias, de los que ya he ofrecido al BIRF una lista de 55 vínculos cargados de imágenes y trabajos específicos sobre materias que ellos imaginan secretas.

Ver esta concreta denuncia por carta documento Nº del 5/5/14 dirigida a Edgardo Marcelo Hita, Cecilia Zapiola y Agustina Pereira de la Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SSCEOCI) del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y publicada al final de este mismo hipertexto y al final de esta otra documentación: http://www.hidroensc.com.ar/incorte142.html

La misma denuncia que figura como anexo VI en la causa 73147 instalada en SCJPBA, visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte141.html

Del texto de esta demanda Uds lograrán rescatar una buena cantidad de información y conocimiento específico sobre la complejidad de estos estudios, particularmente simples y desviados los principios newtonianos, de los preceptos legales algo más actualizados y por ende, más complejos, que desde el glosario de la ley 11723 solicitan considerar a los "ecosistemas", como Sistemas relativamente estables en el tiempo y termodinámicamente abiertos en cuanto a la entrada y salida de sustancias y energía. Estos sistemas tienen una entrada (energía solar, elementos minerales de las rocas, atmósfera y aguas subterráneas) y una salida de energía y sustancias biogénicas hacia la atmósfera (calor, oxígeno, ácido carbónico y otros gases), la litósfera (compuesta por humos, minerales, rocas sedimentarias) y la hidrósfera (sustancias disueltas en las aguas superficiales, ríos y otros cuerpos de aguas, costas blandas y bordes lábiles como bordes de transferencia y esteros y bañados aledaños como baterías convectivas).

Por ello, lo menos apropiado es generar con Vuestros dineros, el culto de secretos guardados por ojos mecánicos en 10.000 sarcófagos hidráulicos que han multiplicado la ruina de los ecosistemas ribereños y salidas tributarias en planicies extremas en todos los rincones del planeta durante más de 100 años.

Tal vez Vuestros dineros aprecien más develar esos secretos, que financiar su ocultamiento. Por ello sugiero ver el Punto III y los Puntos XIII y XV de esta reciente demanda en SCJPBA, que al menos, a un ojo sensible pondrá en alerta sobre estos catecismos que desde hace 50 años han visto poner a prueba sus paradigmas mecánicos.

En primer lugar solicito a Uds informen a esta oficina del SSCEOCI resguardadora de secretos, que Uds no participan de esos comportamientos que violan nuestras leyes y por ello tampoco los defenderán cuando sean imputados por sus faltas.

Y en segundo lugar, y tras advertir la particular complejidad de estos estudios, se interesen en seguir de cerca la propuesta de modelización física que en el Punto XIII de la demanda 73147 en SCJPBA hago para remediar los efectos de las desastrosas escolleras de piedra construidas en el puerto deportivo de Atalaya, por el mismo que solicita Vuestros créditos y cuyos comportamientos bien se describen en la demanda en SCJPBA.

Mirando estos detalles, tal vez adviertan la complejidad de estas alertas y la simplicidad de las imaginables propuestas que Uds hubieran recibido de consultoras y de la elegida, que después de 22 meses de llamadas a concursar, a toda costa, aún violando leyes, pretenden mantenerse en secreto.

Comprendo Vuestras cautelas y las que Vuestro representante local alcance a expresar frente a estas denuncias, pero en vista de estas violaciones y resguardos en secretos, vuelvo a reiterar lo expresado en el Petitorio anterior y renuevo su resumen.

Petitorio

Solicito a las autoridades del BIRF por intermedio de su oficina de Integridad Institucional, que tome debida cuenta de esta denuncia y ponga en el congelador este proyecto 7472 AR hasta que estas situaciones se aclaren debidamente y la paralización de la obra del puerto deportivo de Atalaya sea la prueba de la disposición a cumplir con el dec 3224/09 y con la Resolución 167/12 del 5/11/12, en la que, tras constituir una comisión evaluadora de los trabajos presentados por las consultoras que venían siendo reclamados por el BIRF, ahora con esta obra de las escolleras del puerto de Atalaya se dan a violaciones sin vergüenza de sus compromisos, sin respeto legal alguno en materia de procedimientos ambientales y administrativos y sin piedad del sistema de enlaces termodinámicos que pesan en la salida de ese pobre tributario cuyos flujos ya se muestran en estado catatónico

Renovado resumen:

Ninguna necesidad de escolleras de piedra tiene este puerto deportivo o cualquier otro que se construya en una salida tributaria en la costa bonaerense.

Ningún aprecio a los flujos de salida de los tributarios bonaerenses han probado sostener ninguna de las más reconocidas consultoras locales en los últimos 50 años.

Ninguna de ellas ha probado ser capaz de analizar los motivos por los cuales todas estas salidas tributarias estuariales están MUERTAS.

Ninguna ha probado comprender por qué la deriva litoral marítima deviene deriva de plataforma.

Ninguna ha planteado el desastre obrado en la deriva litoral con las escolleras del puerto de Mar del Plata.

Ninguna ha descubierto por qué el ACUMAR confiesa no saber cómo identificar el pasivo del Plan Integral de Saneamiento del Matanzas Riachuelo (PISA MR) donde el BIRF está poniendo gruesas sumas de dinero.

Ninguna ha descubierto por qué han eludido el proceso ambiental de los emisarios submarinos en este PISA MR que también el BIRF está dispuesta a financiar. Ver http://www.alestuariodelplata.com.ar/jurisdiccion11.html

Este silencio prueba que las aguas de estos tributarios MUERTOS son más transparentes que estos proyectos, y el primer lugar a sanear es en nuestros comportamientos en el manejo de la cosa pública, violando puntuales leyes.

Ninguna de ellas ha probado entender la traducción que de la voz ecosistema hace el glosario de la ley 11723 y mover a través de ella sus comprensiones, que insisten en ser mécánicas y no termodinámicas.

Ninguna área de la administración nacional y/o provincial ha probado ser respetuosa de los procedimientos ambientales y administrativos.

Ninguna conveniencia tiene para el BIRF sumarse a estas faltas de comportamiento y de discernimiento, a las que ahora suma una ilegal veda de accesos a documentos públicos.

Ninguna necesidad tiene este ejecutivo provincial de violarse a sí mismo, cuando al mismo tiempo que solicita ayuda al BIRF para hacer estos estudios, avanza en las obras del puerto de Atalaya con torpezas elementales en el ecosistema de la salida tributaria del pobre arroyo, cuyos flujos de salida ya se encuentran en estado catatónico.

Reitero: ninguna necesidad tiene el BIRF de escudar el valor de sus ayudas en secretos sobre temas tan específicos como los de hidrogeomorfología histórica, fenomenología termodinámica en riberas estuariales y marinas, compromisos con salidas tributarias, cambios de paradigma en mecánica de fluidos y desastres obrados por la ciencia hidráulica en todos los rincones del planeta en planicies extremas en los últimos 100 años.

En la medida que advierta Vuestro interés en atender estas denuncias, ampliaré la conveniencia de poner en conocimiento cuestiones de mucho mayor importancia, que por estar las consultoras hidráulicas ancladas en mecanicismos, siguen probando estar llamadas a fracasos interminables a pesar de Vuestras generosas ayudas.

Francisco Javier de Amorrortu, 5 de Mayo del 2014

 

ANEXO

El listado que sigue está referido al tema erosiones de playas bonaerenses:

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas6.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas7.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas8.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/playas9.html

 

Erosiones en el litoral que va de Punta Lara a la salida del Salado:

http://www.alestuariodelplata.com.ar/convexterna.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/deriva4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/deriva5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/deriva6.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/deriva3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/deriva.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/puntapiedras.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/sambo.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/salado.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/tuyu.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/puntarasa.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/puntarasa2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/puntamedanos.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/marchiquita.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/marchiquita2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/marchiquita3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/marchiquita4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/marchiquita5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/mardelplata.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/mardelplata2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/mardelplata3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/mardelplata4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/necochea.html

 

Sobre fenomenología termodinámica estuarial

http://www.alestuariodelplata.com.ar/convec2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/convenglish.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/ecolevels.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/wiwwee.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/viajesedextra.html

 

Erosiones de playas en el litoral ururguayo:

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes6.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes7.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes8.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes9.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/contrastes10.html

 

Todos los antecedentes de hidrología urbana en ámbitos judiciales que le caben a éste que suscribe, se visualizan por http://www.hidroensc.com.ar

 

Incluyo en especial, las denuncias por FRAUDE giradas al BID, visibles por

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid2.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid3.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid4.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid5.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid6.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid7.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid8.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid9.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid10.html

http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid11.html

 

A la SubSecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SSCEOCI)

Carta Documento Nº 44645320 7

Calle 45, entre 7 y 8, 2º piso, Ofic 208, del lado de Gabinete

Del Viso, 5/5/14, A Gerardo Marcelo Hita, titular de la SubSecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales; a Cecilia Zapiola a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos y a Agustina Pereira a cargo de la Dirección Provincial de Organismos Multilaterales, hago responsables del abuso tipificado por el Código Penal en su Art. 173.- Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideraran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece: Inc 8º el que cometiere defraudación, sustituyendo, ocultando o mutilando algún proceso, expediente, documento u otro papel importante.

Inútil fue recitarles el art 11 de la ley 7647 que exige ante simple solicitud verbal, dar vistas inmediatas sin necesidad de presentar nota por escrito, e indicarles que sólo cuestiones de Estado alcanzan el amparo del secreto, pero jamás una resolución administrativa; y mucho menos esta cuestión tan específica, que iluminaría nuestros conocimientos con la sapiencia de váya uno saber qué genios o qué vivos que anduvieran atrás de estos estudios de consultoras y comisiones evaluadoras de dinámica costera y salidas tributarias, de los que ya he ofrecido al BIRF una lista de 55 vínculos cargados de imágenes y trabajos específicos sobre materias que Uds imaginan secretas, pero que han sido desarrolladas en más de 11 millones de caracteres en demandas en SCJPBA. Ver por http://www.hidroensc.com.ar

Han pasado 22 meses desde aquel 8/10/13 y el perentorio llamado de 3 días para concursar y 12 meses adicionales a los 10 meses del trabajo estimado de la consultoría, y sin embargo, la información del concurso de consultoras para comenzar a evaluar estos temas “específicos” de dinámicas costeras y salidas tributarias para el “Plan de Desarrollo de Marinas y Puertos Deportivos en el Río de la Plata y el Litoral Marítimo Bonaerense”, cuyos estudios hasta hoy, entre Coroli de la DIPSyOH y Jarsún del OPDS se habían ocupado de eludir;

y el nombre de los miembros de la comisión evaluadora constituída por la Res 167/13 del SSCEOCI, de la que Uds me han negado tomar vistas, merecen denuncia que comienza por ser girada a la Oficina de Integridad Institucional del BIRF que ya ha acusado recepción de un primer tramo sobre las miserias procedimentales administrativas y ambientales que caben a estos trámites Vuestros y los siniestros del OPDS y de la DIPSyOH.

Cecilia Zapiola no permitía se le mencionara esa resolución sin expresar furiosa su obligación de mantener cerrada su boca.

Todo lo natural de la dinámica costera resulta para Uds un secreto de estado.

Así respondo con esta carta documento que por Anexo VI ya forma parte de la demanda de inconstitucionalidad de la Disp 96/10 del OPDS, recién presentada a SCPBA y por http://www.hidroensc.com.ar/incorte141.html visible.

Por http://www.alestuariodelplata.com.ar/atalaya6.html va la crecida denuncia al Banco Mundial y esta misma carta documento.

Son Uds, apóstoles de mostradores de plomo cargados de secretos que tanto daño hacen al Estado quebrado por Vuestros secretos, los que hoy, 3 años y medio más tarde de aquella impugnada Res 96/10, imaginan que los frutos de un tramo del préstamo 7472 AR del Banco Mundial que se dedicaría a estos estudios, fueran secreto de estado cobijados en las alcobas de una desvergonzada SSCEOCI.

Carguen Vuestros ilegales ocultamientos, corresponsabilidad adicional de todos los perjuicios que sigan a ellos. Francisco Javier de Amorrortu